Ayudas dirigidas a impulsar la TRANSFORMACIÓN DIGITAL de la industria española

El pasado 2 de diciembre salió publicada en el BORM, por orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la convocatoria de ayudas dirigidas a impulsar la Transformación Digital de la industria española en el marco del proyecto “Industria Conectada 4.0" para fomentar la implantación de la Transformación Digital de la industria española a través de las empresas industriales.

Esta estrategia tiene como objetivo fundamental de la política industrial, el impulso de un sector industrial fuerte, competitivo y de referencia internacional, que contribuya a la recuperación de la actividad económica y a la creación de empleo.

En este sentido, sigue resultando fundamental el apoyo a proyectos que promuevan la Transformación Digital, complementando de esta forma los esfuerzos empresariales en este ámbito.

De esta manera, podrán asumir los riesgos inherentes a las actividades destinadas a conseguir su evolución a la economía digital y favorecerá el desarrollo de una oferta local de palancas y soluciones digitales diferenciales, que potencie la industria española e impulse sus exportaciones.

¿En qué consisten estas ayudas?

Las ayudas consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa que lo solicita y la elaboración de un plan de transformación digital.

El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado.

Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

         • Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.

         • Plan de Transformación Digital que incluirá la definición de las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.

         • Se realizarán las visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria. En el caso de que las visitas a las instalaciones no puedan realizarse por causa justificada, podrán realizarse de forma virtual previa autorización de la Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial).

         • Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.

E.O.I. Escuela de Organización Industrial

¿Quién puede beneficiarse?

Las empresas que tengan su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cualquiera que sea su forma jurídica, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

¿Cuál es la cantidad a percibir?

La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de 9.185,00 € por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.

La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando 605,00 €.

Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria. Una vez efectuada la visita preliminar a la misma.

Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.

La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 12 de enero de 2021, inclusive.

Boletín Oficial del Estado

Bases reguladoras: "Orden EIC/743/2017, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la Transformación Digital de la industria española en el marco del proyecto industria conectada 4.0, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 183, de 2 de agosto de 2017 y modificada por la Orden ICT/818/2020, de 10 de agosto, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 237, de 4 de septiembre de 2020"